Certificado de Defunción
Como realizar el tramite para obtener. el certificado de defunción ante el eventual fallecimiento de una persona, cuales son los requisitos y costos del mismo.
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¿Para que sirve el certificado de defunción?
Con este certificado podremos hacer varios tramites que requeriremos ante el fallecimiento de una persona y que nos pedirán para poder realizarlo.
- Acreditara el día y hora de la muerte de la persona.
- Sirve para realizar el entierro o cremación
- Realizar pensión
- Tramitar herencias.
- sucesiones
- baja bancaria
- baja de previsión social
Donde realizar el tramite y requisitos
Para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
1- Se presenta el DNI del fallecido y el del autorizante a realizar el trámite en la oficina de Admisiones y Egresos del hospital.
2. Se confecciona la partida de defunción, que es escaneada y enviada al Registro Civil mediante expediente electrónico.
3. El Registro Civil emite la partida y el familiar la recibe por mail.
Este podrá solicitarse en todos los hospitales de la ciudad y tardara 48Hs
Para provincia de buenos aires.
Se entrega en el acto la partida de defunción junto con la licencia de inhumación o cremación.
https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/otros_tramites/inscripcion_de_defuncion
- Certificado de defunción firmado por el médico.
- En caso de fallecimiento por causa traumática deberá tomar intervención la autoridad judicial competente comunicando mediante oficio al Registro Civil para la expedición de la licencia que corresponda.
- Entregar el último DNI del fallecido.
- Si no posee DNI, se tomarán tres juegos de impresiones dactiloscópicas en caso de no poder obtenerse se probará la identidad con dos testigos que conocieron al fallecido haciendo constar las causas que impidan tomarlas, si tampoco fuera posible se hará constar las circunstancias que lo impidan.
- DNI o identificación del denunciante.
- La inscripción de defunción debe realizarse dentro de las 48 h. posteriores a la certificación del fallecimiento.
- Vencido ese plazo, de manera transitoria y excepcional, se podrá inscribir hasta el plazo de sesenta (60) días posteriores en el Registro Civil de la localidad donde se produjo el hecho.
Luego de los 60 días, la inscripción deberá ordenarse judicialmente (Ley 26.413).
- Vencido ese plazo, de manera transitoria y excepcional, se podrá inscribir hasta el plazo de sesenta (60) días posteriores en el Registro Civil de la localidad donde se produjo el hecho.
Certificado de defunción para argentinos residentes en el exterior
Este tramite esta dirigido a argentinos que no residen en el territorio argentino. se realizar en la web de ministerio de interior link AQUI
Requisitos para realizarlo
- Residir en el extranjero.
Costo y tiempo del tramite
Es totalmente gratuito y demora 2 meses.